martes, 14 de febrero de 2012

SIE - I.E.D. CAMILO TORRES


SISTEMA INSTITUCIONAL DE EVALUACIÓN DE LOS ETUDIANTES(SIE)

INSTITUCION EDUCATIVA  DISTRITAL CAMILO TORRES
(GAIRA)

ACUERDO Nº 001

Por el cual se reglamenta y adopta el Sistema Institucional de Evaluación de los estudiantes de acuerdo con lo dispuesto en el decreto 1290 de abril 16 de 2009.

El Consejo Directivo de la Institución Educativa Camilo Torres en uso de las facultades que le confiere la ley 115, ley 715, el decreto reglamentario 1860 de 1994, el decreto reglamentario 1290 de Abril 16 de 2009 y

CONSIDERANDO:

  1. Que la ley 115 de Febrero 8 de 1994 en sus artículos 77 y 78 confiere autonomía escolar a los establecimientos educativos.
  2. Que el decreto 1290 de 2009, reglamenta la evaluación del aprendizaje y promoción de los estudiantes de los niveles de Educación Básica y Media que deben realizar los establecimientos educativos.
  3. Que el decreto 1290 de 2009 establece que la evaluación del aprendizaje de los estudiantes realizada en los establecimientos de Educación Básica y Media, es el proceso permanente y objetivo para valorar el nivel de desempeño de los estudiantes.
  4. Que el decreto 1290 de 2009, establece que cada plantel educativo debe definir, adoptar y divulgar el sistema de evaluación institucional para los estudiantes.
  5. Que el decreto 1290 de 2009, establece los criterios para efectos de la  Promoción y Evaluación Escolar en la Institución educativa.
  6. Que es fundamental velar por la formación integral de nuestros educandos conforme a lo establecido en el Horizonte institucional y la filosofía de la institución establecida en el P.E.I.
  7. Que el Consejo Académico como máximo organismo de carácter pedagógico de la institución discutió y elaboró una propuesta sobre evaluación y promoción, de los estudiantes.
  8. Que el Consejo Directivo estudió y aprobó dicha propuesta en todos los componentes.
ACUERDA:

Artículo 1.Definición. La Institución Educativa Distrital Camilo Torres, de acuerdo con lo establecido en el decreto 1290 de Abril 16 de 2009, promulgado por el Ministerio de Educación Nacional, ha definido su sistema institucional de evaluación formativa e integral como mecanismo para fortalecer la cultura de la evaluación.
Los procesos de evaluación considerados en este sistema se refieren directamente a la evaluación del estudiante. Por evaluación del aprendizaje en los niveles de educación básica y media se entiende el proceso permanente, integral y objetivo, mediante el cual es valorado el nivel de desempeño de los estudiantes en relación con los estándares básicos y las competencias, a través de diferentes estrategias pedagógicas.

ARTICULO 2. Propósitos de la evaluación institucional de los estudiantes.

Son propósitos de la evaluación de los estudiantes en el ámbito institucional:
  1. Identificar las características personales, intereses, ritmos de desarrollo y estilos de aprendizaje del estudiante para valorar sus avances.
  2. Proporcionar información básica para consolidar o reorientar los procesos educativos relacionados con el desarrollo integral de los estudiantes.
  3. Suministrar información que permita implementar estrategias pedagógicas para apoyar a los estudiantes que presenten debilidades y desempeños superiores  en su proceso formativo.
  4. Determinar la promoción de estudiantes.
  5. Aportar información para el ajuste e implementación del plan de mejoramiento institucional.


ARTICULO 3. Características de la evaluación.
  1. Es formativa, motivadora y orientadora, pero nunca sancionatoria.
  2. Utiliza diferentes técnicas de evaluación y hace triangulación de la información, para emitir juicios y valoraciones contextualizadas.
  3. Está centrada en la forma como el estudiante aprende, sin descuidar la calidad de lo que aprende.
  4. Es transparente, continua y procesual.
  5. Convoca de manera responsable a todos los estamentos educativos en un sentido democrático y fomenta la autoevaluación en ellas.

ARTICULO 4. OBJETO DE LA EVALUACION

El objeto de la evaluación son las competencias en el ámbito escolar. Competencia es un “saber hacer en contexto”, esto significa,no solamente el poseer unos conocimientos, sino sobre todo tener la habilidad de utilizar o aplicar  esos conocimientos en forma creativa y competente en la vida, es decir, que las competencias solo pueden adquirirse y valorarse si el estudiante actúa.


ARTICULO 5. CRITERIOS DE EVALUACION Y PROMOCION EN EL AMBITO        INSTITUCIONAL
La evaluación será un mecanismo y una estrategia educativa y pedagógica para consolidar la formación integral de los estudiantes, la cual permitirá  desarrollar las competencias básicas para el aprendizaje y el desempeño desde las áreas académicas y técnicas que promueve la institución. Se tendrán en cuenta los siguientes criterios.

1.     CRITERIOS COGNOSCITIVOS (SABER): Entendidos como la apropiación de los conocimientos teóricos, necesarios para el desarrollo de los procesos de pensamiento, desde las diferentes disciplinas del saber estipuladas en los estándares curriculares y el plan de estudios, es decir, donde el estudiante  desarrolla  la capacidad de asimilar  el conocimiento específico de cada área. Esto se evidencia en:
·         Adquisición de contenidos conceptuales
·         Hechos
·         Datos
·         Conceptos
·         Significados
·         Definiciones
·         Teorías, otros.

2. CRITERIOS PROCEDIMENTALES (SABER­­- HACER): Conjunto de habilidades y actuaciones que le permiten al estudiante desarrollar procesos de pensamiento para desempeñarse exitosamente en su vida académica y práctica. Se manifiestan en el desarrollo de acciones que le permiten generar el conocimiento.  En otras palabras, las formas de actuar y de resolver problemas que el educando debe construir. Esto se evidencia en:
·         Desarrollo de habilidades de pensamiento (observación, comparación, relación, análisis, síntesis, clasificación, entre otros)
·         Aplicación de procedimientos en forma adecuada
·         Aplicación de los conocimientos en contextos específicos
·         Realización de pruebas orales y escritas.
·         Elaboración Trabajos, talleres, ejercicios, solucionarios, ensayos, informes, exposiciones, entre otros.

3. CRITERIOS ACTITUDINALES (SABER-SER): Se relacionan con el conjunto de valores y actitudes frente al proceso de adquisición del conocimiento y la interrelación con el medio, permitiéndole al estudiante actuar con ética en los procesos de enseñanza- aprendizaje y en la cotidianidad. Se evidencian cuando el estudiante ponga en práctica estos conceptos.

VALORES
·         Responsabilidad
·         Respeto
·         Honestidad
·         Solidaridad
·         Tolerancia
·         Justicia
·         Equidad
·         Autonomía
·         Capacidad Critica
·         Fraternidad.

ACTITUDES
·         Compromiso 
·         Interés y atención
·         Actitud  de escucha.
·         Participación en clase
·         Puntualidad y asistencia 
·         Orden y aseo (aula de clase)
·         Presentación personal
·         Convivencia pacífica


4. CRITERIOS DE PROMOCION: La promoción se entiende como el alcance de los estándares y competencias desarrolladas por los estudiantes en el grado cursado, teniendo en cuenta las metas académicas y el avance en los procesos de desarrollo social y personal definidas para el año escolar. Se promueve un estudiante cuando:
ü  Demuestre el cumplimiento de los criterios cognoscitivos, procedimentales  y actitudinales establecidos institucionalmente.
ü  Demuestre haber alcanzado los estándares y competencias instituidos en el PEI para un determinado grado, dentro de los rangos de desempeñosestablecidos (Básico, Alto o Superior).
ü  Apruebe todas las áreas del grado que cursa con un nivel de desempeño básico, alto o superior.

PARÁGRAFO: La aprobación de un área en el plan de estudio requiere la aprobación de todas las asignaturas que la conforman.

5. CRITERIOS DE REPROBACIÓN: La institución educativa considera que un estudiante puede ser reprobado en cualquier grado y no podrá ser promovido al grado  siguiente o a la educación superior cuando se encuentre en cualquiera de las siguientes situaciones:
  1. Estudiantes que al finalizar el proceso curricular obtengan desempeño bajo en tres o más áreas.
  2. Estudiantes que hayan dejado de asistir injustificadamente a más del 25% de todas lasactividades curriculares durante el año escolar.
  3. Educandos que al finalizar el año escolar reprueben las actividades finales de superación en dos áreas. 

.

ARTICULO 6. ESCALA DE VALORACION INSTITUCIONAL Y SU EQUIVALENCIA CON LA ESCALA NACIONAL
Se adopta la escala cuantitativa de 2 a 10 para los estudiantes de Educación  Básica y Media, estableciendo los rangos de equivalencia respecto a la Escala Nacional de Desempeños, con el propósito de realizar una evaluación integral que complemente la valoración sumativa, que evidencia una exigencia académica numérica, y la valoración formativa, que busca por medio de estrategias de retroalimentación llevar al estudiante a la superación de las debilidades y al mejoramiento continuo.

Desempeño Superior                    9   a   10
Desempeño Alto                             8   a   8.9
Desempeño Básico                       6   a   7.9  
Desempeño Bajo                2   a   5.9


LA ESCALA DE VALORACIÓN INSTITUCIONAL Y SU EQUIVALENCIA CON LA ESCALA NACIONAL.

Para efectos de la Escala de Valoración Institucional en cada periodo  se tendrán en cuenta los siguientes referentes de valoración:
·         Se aplicarán valoraciones de 2 a 10  en cada área y/o asignaturas, en unidades enteras y  en  decimales (un solo decimal después del punto) de  manera acumulativa en cada periodo.
·         Para alcanzar las competencias y estándares mínimos establecidos en cada periodo el estudiante debe obtener una valoración mínima de 6.0 para cualquier área y/o asignatura establecida en el PEI.
·         Las diferentes actividades cognoscitivas, procedimentales y actitudinales durante cada período serán acumulativas, se promediarán y  generarán la valoración del desempeño final del periodo. 
·         La escala institucional será equivalente en cada periodo con la escala nacional de desempeños: Superior, Alto, Básico y Bajo; por lo tanto los informes de cada periodo se expedirán en tres columnas, una con los valores numéricos,  otra con la equivalencia nacional,  y la última  con una breve descripción  de las fortalezas, dificultades y recomendaciones, que conlleven a mantener o a mejorar según sea el caso, su desempeño académico y/o comportamental.
·         La valoración de cada período será el resultado de acumular, sumar y promediar  las unidades enteras y los decimales obtenidos por el educando en el proceso curricular, en cada una de las áreas y/o asignaturas; tomando como referentes  los criterios de evaluación definidos por la institución.
·         El informe final de cada área será el resultado de acumular, sumar y promediar las valoraciones numéricas de cada uno de los cuatro períodos. Los estudiantes obtendrán la evaluación de desempeño aprobatoria,cuando al finalizar el año escolar alcancen una valoración de 6 o superior a 6 en las competencias y estándares previstos para cada área, caso en el cual se consideran aprobadas.
·         Los criterios cognoscitivos y procedimentales tendrán un valor del 70% y los criterios actitudinales y valorativos 30%, esto para cada período. Los cuatro períodos tendrán un valor del 25%, cada uno de ellos.
·         El número de valoraciones mínimas requeridas para emitir un juicio valorativo al concluir un período, será de cuatro valoraciones numéricas, establecidas de la siguiente manera: dos (2) valoraciones para los aspectos cognoscitivos y procedimentales,una (1)  para el aspecto actitudinal y una (1) para el aspectovalorativo.

Parágrafo:A partir del año 2012, los criterios cognoscitivos y procedimentales tendrán un valor del 70% y los criterios actitudinales y valorativos 30%, esto para cada período. Los cuatro períodos tendrán un valor del 25%, cada uno de ellos.


DEFINICIÓN INSTITUCIONAL DE LOS DESEMPEÑOS
Para asignar la valoración institucional en torno a los desempeños de los estudiantes dentro de cada uno de los niveles que define la Escala Nacional se propone lo siguiente:






ESCALA NACIONAL
DEFINICIÓN INSTITUCIONAL
VALORACION NUMERICA















DESEMPEÑO SUPERIOR












Cuando ha logrado el máximo nivel esperado en todos los estándares y competencias  establecidas en el PEI, es decir, cuando ha logrado evidenciar un excepcional dominio en todos los tipos de razonamiento, usando a plenitud sus funciones cognitivas y su desempeño está por encima de lo esperado.
Se puede considerar que un estudiante se encuentra en este nivel cuando:
·         La comprensión alcanza niveles superiores en la adquisición, uso y construcción del conocimiento.
·         Alcanza el umbral del pensamiento conceptual o categorial.
·         Es capaz de crear, descubrir, inventar,  manejar variables, innovar, formular y contrastar nuevas hipótesis, nuevos problemas.
·         No evidencia amonestaciones académicas y/o disciplinarias.
·         Manifiesta sentido de pertenencia institucional.
·         Valora y promueve autónomamente su propio desarrollo.
·         No realiza actividades de superación.














ENTRE 9 Y 10































DESEMPEÑO ALTO

Cuando demuestra un buen nivel de desempeño en la mayoría de los   procesos cognoscitivos, procedimentales y actitudinales previstos. Se puede considerar que un estudiante se encuentra en este nivel cuando:
·         Alcanza un dominio y uso de conceptos, hechos y fenómenos. 
·         Utiliza el lenguaje técnico de las disciplinas científicas y ejerce control del conocimiento, relacionado con la construcción de soluciones técnicas o practicas.
·         A partir de sus comprensiones de conceptos, procesos o productos, puede dar explicaciones, interpretar, formular juicios críticos, argumentar soluciones.
·         Este desempeño permite realizar generalizaciones, formular principios, leyes y promover innovaciones.
·         Tiene faltas de asistencia justificadas.
·         Reconoce y asume actitudes conciliadoras frente a faltas que pueda cometer en su convivencia social.
·         Manifiesta sentido de pertenencia con la Institución
·         Algunas veces realiza actividades de superación.


















ENTRE 8 Y 8.9
















DESEMPEÑO BÁSICO

Cuando ha desarrollado el mínimo en su comprensión o ha logrado el mínimo desempeño esperado en el dominio del conocimiento, de  deberes y obligaciones establecidas  en el Manual de Convivencia y los compromisos adquiridos con la Institución; o cuando demuestra un buen nivel de desempeño sólo en algunos de los procesos cognoscitivos, procedimentales y actitudinales previstos.
Se puede considerar que un estudiante se encuentra en este nivel cuando cumpla algunas de las siguientes condiciones:
·         Comienza a usar el leguaje de las ciencias y a proponer soluciones a problemas cognoscitivos y cotidianos.
·         Involucra el uso comprensivo de los elementos de un sistema de significación, apenas pone en práctica lo adquirido.
·         Reconoce, nombra el proceso o procedimiento cuando se lo enfrenta a situaciones nuevas, recuerda y nombra los atributos y rasgos esenciales   del concepto o proceso.   Indica que el educando puede conceptuar un término.
·         Cuando desarrolla adecuadamente actividades cognoscitivas, demuestra habilidades y asume actitudes positivas, pero solo en algunos de los procesos adelantados.
·         Alcanza los desempeños mínimos con actividades de superación en el  período académico.
·         Presenta faltas de asistencia, justificadas e injustificadas.
·         Presenta dificultades de comportamiento y evidencia amonestaciones académicas y/o disciplinarias por  áreas y/o asignatura.
·         Tiene algunas dificultades que supera, pero no en su totalidad.















ENTRE 6 y 7.9















DESEMPEÑO BAJO






Cuando el educando presenta dificultades para desarrollar actividades escolares, denota falta de interés en su desarrollo personal. Cuando sus desempeños y competencias  en los procesos de interpretación, proposición y argumentación, presentan dificultades. Cuando el desarrollo de actividades cognoscitivas, habilidades y actitudes dentro de los procesos de aprendizaje adelantados no alcanza el mínimo desempeño esperado.
Se puede considerar que un estudiante se encuentra en este nivel cuando presenta algunas de las siguientes condiciones:
·         Asimila con dificultad algunos conocimientos científicos, nociones de un fenómeno, apropiación de ideas muy vagas sobre una estructura conceptual.
·         Usa de manera deficiente el leguaje de la ciencia y la tecnología para describir fenómenos.
·         Utiliza pocas habilidades de pensamientos al enfrentar una  situación problemática.
·         A penas alcanza el reconocimiento e identificación de los diferentes elementos y objetos propios de cada sistema de significación.
·         Imita, memoriza y recita la información sobre un concepto o proceso.
·         No alcanza los desempeños mínimos y requiere actividades de superación.
·         Después de realizar las actividades de superación  no logra alcanzar los desempeños básicos.
·         Presenta faltas de asistencia injustificadas que inciden en su desarrollo integral.
·         Presenta dificultades de comportamiento.
·         Evidencia amonestaciones académicas y/o disciplinarias en  áreas y/o  asignatura o proceso disciplinario abierto.
·         Manifiesta poco sentido de pertenencia con la Institución.














ENTRE 2 Y 5.9









ARTÍCULO 7. ESTRATEGIAS DE VALORACIÓN INTEGRAL DEL DESEMPEÑO DE LOS ESTUDIANTES.

En todo el proceso evaluativo que se aplique a los estudiantes, se tendrán en cuenta los siguientes aspectos:

·         Las competencias y estándares  en cada área para el respectivo grado, ciclo y nivel teniendo en cuenta los fines y objetivos de la educación por niveles establecidos en el P.E.I 
·         La utilización dediferentes instrumentos  de evaluación (Rúbricas, Proyectos de aula, portafolios, laboratorios, ensayos, mapas conceptuales, pruebas orales y escritas, entre otros.)  durante el desarrollo curricular, de tal forma que tengan correspondencia con los estándares, competencias e  indicadores de desempeño establecidos para todo el año escolar.
·         La observación del trabajo de los estudiantes para valorar el desempeño de las actividades académicas como: tareas, ensayos, evaluaciones, comportamiento, actitudes, ritmos de aprendizaje, valores, desempeño personal y social, y otros que incidan en su formación integral.
·         La elaboración de juicios valorativos para evaluar el desempeño académico de los estudiantes, teniendo en cuenta las circunstancias, limitaciones o facilidades del proceso en cada período.  
·         La utilización de técnicas evaluativas que permitan a todos los estudiantes alcanzar altos niveles de desempeño académico, con el propósito de lograr calidad en su formación y  promoción a los grados siguientes del sistema educativo.
·         Para obtener las valoraciones numéricas establecidas en la escala de valoración institucional, el docente establecerá la distribución de las actividades del período, de tal forma que pueda involucrar en el proceso de enseñanza y aprendizaje diversas actividades pedagógicas (talleres, sustentaciones, exposiciones, solucionarios, entre otras)
·         Toda prueba escrita se estructurará y aplicará preferiblemente teniendo como base las pruebas SABER e ICFES.
·         Las pruebas que se apliquen deben estar relacionadas con procesos cognitivos tales como: comprensión, análisis, discusión crítica y en general, de apropiación de conceptos. El resultado de la aplicación de las pruebas debe permitir apreciar el proceso de organización del conocimiento adquirido por el estudiante y de sus competencias para generar alternativas de solución de problemas.
·         En las pruebas se dará preferencia a aquellas que permitan la consulta de textos, notas y otros recursos que se consideren necesarios para independizar los resultados de factores relacionados sólo con la recordación. Las pruebas basadas exclusivamente en la reproducción memorística de palabras, nombres, fechas, datos o fórmulas que no vayan ligadas a la constatación de conceptos y de otros factores cognitivos no deben ser tenidas en cuenta en la evaluación del desempeño escolar.
·         Se deben valorar todas las actividades que favorezcan el desarrollo de habilidades de pensamiento, la expresión, la creatividad, la investigación, participación y cooperación.
·         Los estudiantes para alcanzar las valoraciones asignadas en los aspectos actitudinales y valorativos deben cumplir con los criterios establecidos para cada uno de ellos en el Artículo 5 numeral 3  de este SIE.
·         Desarrollar en el aula de clase procesos de autoevaluación y coevaluación.


ARTÍCULO 8. ACCIONES DE SEGUIMIENTO PARA EL MEJORAMIENTO DE LOS DESEMPEÑOS DE LOS ESTUDIANTES DURANTE EL AÑO ESCOLAR.

·         Verificar el cumplimiento de las actividades curriculares planificadas,por parte de coordinación académica.
·         Elaborar diversos instrumentos de seguimiento para monitorear el proceso académico de los educandos con el propósito de implementar estrategias que permitan mejorar el desempeño de los estudiantes.
·         Identificar limitaciones y fortalezas de los estudiantes de acuerdo con las actividades académicas desarrolladas  para tomar acciones preventivas y correctivas.
·         Convocar reuniones con el Consejo Académico y las Comisiones de Evaluación y Promoción cuando se presenten dificultades notorias de aprendizaje en algún grado o área,  para buscar alternativas de mejoramiento y solución.
·         Informar a los padres de familia sobre el desempeño del estudiante para que se comprometa con el  proceso formativo de sus hijos o acudidos.
·         Designar alumnos monitores para ayudar a los que tengan dificultades con el fin de que puedan alcanzar los desempeños adecuados y mejorar su proceso de aprendizaje.
·         Realizar actividades de superación en cada período para los estudiantes con desempeños bajos, de acuerdo con los lineamientos establecidos por  la institución y la legislación vigente.
·         Elaborar un Plan de Mejoramiento individual que se le entregará al estudiante y al padre de familia al finalizar cada periodo escolar, el cual debe incluir la descripción de la situación académica del estudiante y las diversas formas en que será evaluado. La Coordinación Académica fijara las fechas en las cuales se desarrollara el plan de mejoramiento
·         Si al culminar las actividades curriculares establecidas en el plan de mejoramiento el educando no logra superar las dificultades académicas, estas se considerarán reprobadas.
·         Obligación de la familia: El padre o acudiente una vez enterado a través de cualquier medio establecido por la institución, sobre el bajo desempeño del estudiante, debe presentarse inmediatamente ante el Coordinador Académico y el profesor del área para que el educando desarrolle el Plan De Mejoramiento académico individual, sin esperar hasta final del año. La Comisión de Evaluación y Promoción respectiva revisará el cumplimiento de los compromisos suscritos entre la familia y el colegio. El eventual incumplimiento será causal para la reprobación del plan de mejoramiento Académico.

Acciones de diagnóstico para el mejoramiento de los desempeños de los estudiantes

Para el mejoramiento de los desempeños académicos generales de la institución se tendrá en cuenta el análisis de las pruebas externas SABER aplicadas a los estudiantes de 5º y 9º, y las pruebas ICFES aplicadas a los estudiantes de grado 11º y ciclo 6 (jornada nocturna). Este análisis determinará el tipo de ajuste que debe realizar la institución para mejorar el proceso curricular y los desempeños de los estudiantes.

Como proceso interno y de manera diagnóstica por año escolar, la institución podrá aplicar (opcional) pruebas escritas (En las áreas básicas: ciencias naturales, matemáticas, lengua castellana, ciencias sociales, inglés y competencias ciudadanas, entre otras.)  Para monitorear el proceso curricular y el desempeño de los educandos, este tipo de pruebas se podrán realizar con entidades o instituciones que ofrezcan este servicio. El resultado de dichas pruebas servirá de referente para la evaluación institucional al finalizar el año lectivo.


ARTÍCULO 9.  PROCESOS DE  AUTOEVALUACION DE LOS ESTUDIANTES. La autoevaluación es considerada “como  el proceso de autocritica que permite la reflexión y el análisis sobre su proceso de formación integral.  Su práctica constante, forma hábitos de autovaloración, autorrespeto, autoestima y sentido de pertenencia”.  Ésta permite interiorizar los procesos de formación y analizar si existe coherencia entre lo que el estudiante ha asimilado y lo que la institución propone en su  PEI.  En la I.E.D. Camilo Torres la autoevaluación se  realizará de la siguiente forma:
MÉTODOS DE AUTOEVALUACIÓN
La autoevaluación puede tomar diversas formas, que incluyen:
  • Dialogo docente-educando con la participación de todo el grupo 
  • Cuadernos o diarios de reflexión.
  • Observación de la actitud y desempeño de los educandos durante el periodo.
  • Autodiagnostico del proceso académico de los educandos.
  • Entrevistas maestro - estudiante
Estos tipos de autoevaluación comparten unobjetivo común: solicitar a los estudiantes que revisen su desempeño escolar, sus actitudes y valores, para que se den cuenta de lo que han aprendido y cuáles son las áreas en las que aún presentan dificultades. Aunque cada método difiere un poco, todos deben incluir el tiempo suficiente para hacer una consideración a profundidad y evaluar el proceso de aprendizaje.
Las observaciones y reflexiones de los estudiantes son una retroalimentación valiosa para rediseñar o reevaluar el proceso de enseñanza. A medida que los estudiantes contesten preguntas sobre su desempeño, actitudes y valores;se debe reflexionar sobre sus respuestas para indagar lo que realmente están aprendiendo y evidenciar los avances en el desarrollo de sus competencias, entonces se podrá rediseñar o reevaluar el proceso de aprendizaje.



OPORTUNIDADES DE AUTO- EVALUACIÓN
Para que la reflexión tenga significado se necesita práctica.  Se puede apoyar mejor a los estudiantes en los esfuerzos de autoevaluación que realizan si se les brindan oportunidades sin interrupciones, para pensar  sobre su propio proceso curricular (metaconocimiento). Es posible que al principio el docente tenga que guiarlos en la reflexión con las siguientes preguntas:
  • ¿Qué aprendí durante el periodo?
  • ¿Cuál fue mi actitud en el cumplimiento de mis deberes?
  • ¿En qué tengo confusión?
  • ¿En qué necesito ayuda?
  • ¿Sobre qué quiero saber más?
  • ¿Cómo van a ser mis próximas actividades curriculares?
  • ¿Qué valores he asimilado y aplicado?
  • ¿Soy honesto con mi proceso de autoevaluación?
A medida que los estudiantes participan en el proceso de autoevaluación, van a tener muchas oportunidades para revisar su proceso de formación y manifestar sus reacciones sobre algunos tópicos que ellos consideren claves en su vida escolar. Reunirse con los estudiantes contribuye a generar espacios de autorreflexión y reforzar la idea de evaluar para mejorar el desempeño escolar.
ARTICULO 10. ESTRATEGIAS DE APOYO PARA RESOLVER SITUACIONES PEDAGÓGICAS PENDIENTES DE LOS ESTUDIANTES

·         Dado que el proceso de evaluación es formativo, continuo e integral, pero nunca sancionatorio, las actividades de superación serán un componente de las actividades pedagógicas ordinarias.  Estas actividades de apoyo están dirigidas a los estudiantes que evidencien dificultades dentro de la planeación y ejecución curricular  que el  educador realice durante cada período; éstas se desarrollaran a través de distintas estrategias pedagógicas y con el acompañamiento del docente durante la ultima semana de cada periodo.
·         El estudiante que culmine exitosamente  las actividades de superación  tendrá una valoración máxima de  desempeño  Básico (7.0)  Siete punto cero.
·         Si un estudiante de grado 11º presenta áreas y/o asignaturas con bajo desempeño antes de realizar las Pruebas de Estado (SABER 11) y posterior a esta evidencia un resultado alto en algunas de ellas, se le ofrecerá como estímulo la aprobación de las áreasy/o asignaturas  donde presenta  dificultades. El  reconocimiento será autorizado por el Consejo Académico.
·         Convocarreuniones generales de docentes por áreas para analizar y proponer estrategias, actividades y recomendaciones en los procesos de evaluación en el aula.
·         La Coordinación Académica orientará a los profesores para revisar las prácticas pedagógicas y evaluativas pertinentes al proceso curricular.

ACTIVIDADESFINALES DE SUPERACION

Se realizaran antes de finalizar el año escolar. Si al  finalizar el proceso curricular un estudiante ha reprobado (1) o dos (2) áreas y/o asignaturas se aplicará el siguiente procedimiento de superación:

1.    Solo se permite la superación final cuando el estudiante ha reprobado una o dos áreas del plan de estudio.
2.    El estudiante que en primera instancia repruebe dos (2) áreas y al realizar las actividades de superación obtenga como resultado desempeño Bajo en ambas superaciones, reprueba el año escolar.
3.    El estudiante que repruebe dos áreas (2) y supere  al menos una (1) de ellas podrá realizar una segunda actividad de superación, si en esa segunda actividad aprueba la superación pendiente se promueve al grado siguiente. si no, su situación será definida por las Comisiones de Evaluación y Promoción.
4.    El estudiante que repruebe un área o asignatura debe realizar la actividad de superación; si la supera será promovido al grado siguiente. Si no, debe realizar una segunda superación. Si esa segunda superación no es aprobada, su situación será definida por la Comisión de Evaluación y Promoción del grado correspondiente.
5.    Las valoraciones obtenidas en el proceso de superación final corresponderán al resultado definitivo para el área y/o asignatura.
6.    Al  estudiante que le corresponda realizar superaciones en una o dos áreas y se ausente sin la debida justificación, le corresponde la valoración que haya obtenido antes de programarse la actividad, puesto que no ha sido evaluado.
7.    Las actividades de superación que realizará el plantel son obligatorias para todos los estudiantes. Estas se realizarán en la última semana de cada periodo.
8.    Las superaciones no deben reducirse exclusivamente a pruebas escritas. deben hacer parte de dichas actividades: Ademas de  las pruebas orales y escritas, los trabajos prácticos como talleres, consultas bibliográficas, ensayos, solucionarios, exposiciones, entre otros. En lo posible, la valoración definitiva debe ser el producto de (3) o más valoraciones.
9.    En caso de presentarse alguna(s) dificultad(es) con algún estudiante en relación con las actividades finales de superación la Comisión de Evaluación y Promoción del grado respectivo, será la primera  instancia para solucionar la situación que se presente.

PARAGRAFO 1.  Los estudiantes a quienes se les prescribieron y no realizaron, en las fechas previstas, las actividades finales de superaciónpierden este derecho. La institución no garantiza actividades por fuera de la programación, salvo en casos de forzosa aceptación por causa justificada; en estasituación la justificación será avalada por la COMISION DE EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN y en caso de ser negada, el estudiante puede apelar ante el organismo competente  (el Consejo Académico) para resolver esta dificultad.

Parágrafo 2. Todo estudiante que apruebe las actividades de superación periódicas y finales programadas por la institución obtendrá como máximo lavaloración de desempeño básico (7.0), en cumplimiento de los criterios de evaluación y promoción durante el desarrollo de las actividades curriculares ordinarias.

ARTICULO 11. ACCIONES PARA GARANTIZAR QUE LOS DIRECTIVOS DOCENTES Y DOCENTES DEL ESTABLECIMIENTO EDUCATIVO CUMPLAN CON LOS PROCESOS EVALUATIVOS ESTIPULADOS EN EL SISTEMA INSTITUCIONAL DE EVALUACION.

Para garantizar el cumplimiento de lo establecido en este Sistema de Evaluación Institucional de los estudiantes; los  miembros del Consejo Directivo, Consejo Académico, Consejo Estudiantil o de la Junta Directiva de Padres de Familia, estarán atentos para que estas pautas sean conocidas y divulgadas a toda la comunidad educativa. Cuando se detecte alguna irregularidad en este Sistema de Evaluación, se pueden dirigir al Consejo de Profesores, Consejo Académico, Consejo Directivo, Jefe de Núcleo o Secretaria de Educación.
Para apoyar las actividades de evaluación y promoción, el Consejo Académico propondrá al Consejo Directivo, la creación de las Comisiones de Evaluación y Promoción organizadas de la siguiente forma:

·         Una comisión para el grado 
·         Una comisión para el grado 
·         Una comisión para el grado 
·         Una comisión para el grado 
·         Una comisión para el grado 
·         Una comisión para el grado 
·         Una comisión para el grado 
·         Una comisión para el grado 
·         Una comisión para el grado 
·         Una comisión para el grado  10º
·         Una comisión para el grado  11º

Estas comisiones se integran de la siguiente manera:
·         Rector(a) y/o delegado
·         Coordinador académico
·         Psicoorientación.
·         Directores de grupo
  • Todos los docentes del grado
  • Un representante de los padres de familia.

Funciones de la Comisión de Evaluación y Promoción

·         Convocar reuniones generales de docentes o por áreas, con la intensión de proponer métodos y estrategias para mejorar los procesos de evaluación en el  aula al finalizar cada periodo.
·         Definir la promoción de los educandos.
·         Hacer recomendaciones  a estudiantes que presenten bajo desempeño académico y a padres de familia para que contribuyan a mejorar el desempeño de los educandos.
·         Orientar a los profesores para revisar sus prácticas pedagógicas y evaluativas, con el propósito que los educandos alcancen  desempeños: superior, alto y básico.
·         Analizar los casos de los educandos con bajo desempeño académico, según criterios de los profesores.
·         Hacer seguimiento para que se cumplan los compromisos académicos establecidos por el Consejo Directivo y Rectoría.
·         Analizar situaciones relevantes de desempeño Bajo, en áreas o grados donde sea persistente la reprobación, para recomendar a los docentes y alumnos correctivos pertinentes para supéralos.
·         Verificar y garantizar que los directivos y docentes cumplan con lo establecido en el sistema de evaluación definido en el presente acuerdo.
·         Analizar y recomendar sobre situaciones de promoción anticipada, para estudiantes con niveles de desempeños superiores que demuestren capacidades excepcionales.
·         Analizar los casos de estudiantes con desempeños destacados con el fin de recomendar actividades especiales de motivación o promoción anticipada.
·         Servir de instancia para decidir sobre reclamaciones que presenten los estudiantes no promovidos, sus padres de familia o acudiente.
·         Otras que determine la institución a través del P.E.I.

PARÁGRAFO: Cada  sede o subsede de la institución educativa tendrá sus propias comisiones de evaluación y promoción integradas de manera similar a las de las sede central del plantel.

ARTICULO12.   PROMOCION ANTICIPADA DE GRADO.  El Consejo Académico recomendara ante la Rectoría, la promoción anticipada al grado siguiente de los estudiantes que al finalizar el primer periodo  del año lectivo en curso, demuestren  un  nivel de desempeño superior en el desarrollo cognitivo, personal y social en el marco de las competencias básicas del grado que cursa. La decisión será consignada en acta del Consejo Directivo y si es positiva en el registro escolar. 

ARTICULO 13. PERIODICIDAD DE LA ENTREGA DE INFORMES A LOS     ALUMNOS Y PADRES DE FAMILIA.

Durante el año lectivo se entregarán a los alumnos y padres de familia cuatro informes con los juicios valorativos derivados de la evaluación, con referencia a cuatro (4) períodos de igual duración correspondiente al año escolar.
Estos informes serán escritos, descriptivos y presentarán un lenguaje claro y accesible a la comunidad; con tres escalas valorativas, una numérica, una descriptiva  y la última con la Escala Nacional.
Al finalizar el año lectivo se entregará el último informe, el cual incluirá la valoración del cuarto periodo, y las valoraciones definitivas de cada una de las áreas. La descripción de los resultados finales deberá incluir descripciones de sus desempeños académico, personal y social del estudiante.

ARTICULO 14.ESTRUCTURA DE LOS INFORMES ACADEMICOS DE LOS ESTUDIANTES

Al finalizar cada uno de los cuatro períodos del año escolar, los padres de familia o acudientes recibirán un informe escrito de evaluación en el que se den cuenta del estado académico y comportamental de los educandos en el proceso formativo en cada una de las áreas y/o asignaturas del plan de estudio. Los informes de cada periodo se expedirán en tres columnas, una con la valoración obtenida, otra con la descripción de las fortalezas, debilidades y recomendaciones y una última con la escala  nacional. Estos resultados evidenciarán su desempeño académico y comportamental.

ARTÍCULO 15. INSTANCIAS, PROCEDIMIENTOS Y MECANISMOS DE ATENCION Y RESOLUCIÓN DE RECLAMACIONES DE ESTUDIANTES Y PADRES DE FAMILIA SOBRE LA EVALUACIÓN Y/O PROMOCIÓN.

Los alumnos y padres de familia que presenten inconformidades respecto al debido proceso académico podrán presentar por escrito solicitudes para que sean atendidos y resueltos sus reclamos, siguiendo el conducto regular y el debido proceso, por parte de las siguientes instancias del plantel; en su orden:

·         El docente del área o asignatura
·         Director de grupo
·         Coordinador académico y/o de convivencia
·         Comisión de Evaluación y Promoción
·         Consejo académico
·         Rector
·         Consejo Directivo 

ARTÍCULO 16. DEBIDO PROCESOACADÉMICO

El estudiante tendrá garantizado el debido proceso en su evaluación. Este se caracterizará por los siguientes aspectos:
·         Conocer los criterios de evaluación establecidos por la institución que regirán a partir del año 2011.
·         Recibir por parte del docente al iniciar cada periodo la información académica necesaria. (estándares, competencias, contenidos conceptuales,  instrumentos  de evaluación como talleres, guías, entre otros )
·         Recibir por parte del docente y/o director de grupo  información durante cada periodo académico y al finalizar el mismo, sobre fortalezas, dificultades retroalimentación de las pruebas realizadas, recomendaciones y estrategias de superación que posibiliten un mejor desempeño.
·         Todo estudiante que obtenga un desempeño bajo al finalizar el periodo debe realizar actividades de superación, teniendo en cuenta las orientaciones de la institución.
·         Participar de los procesos de autoevaluación, coevaluación o heteroevaluación, en cada periodo y en cada área.
·         Para la aprobación de un período en cualquier área o asignatura se tendrá en cuenta que el estudiante haya alcanzado como mínimo una valoración de 6.0 (Seis cero)
·         Ser informado de las actividades de superación por período y finales,  establecidas por la comisión  de evaluación  y promoción del respectivo grado.
·       Las valoraciones de las pruebas realizadas serán entregadas al interesado en un plazo máximo de cinco días hábiles y se expresarán en unidades porcentuales enteras y en decimales (sólo un decimal).
·         Contar con un plazo de veinticuatro horas después de haber recibido el estudiante su valoración para formular reclamaciones si lo considera necesario; en caso contrario, se entenderá la valoración como aceptada.
·         Tener oportunidad, mediante solicitud escrita y cumpliendo con lo establecido en el artículo 15 del presente acuerdo para reconsideraciones o revisiones de alguna(s) valoración(es) emitida(es) por un docente en las diferentes actividades académicas.
·         Recibir respuesta a la(s) solicitud(es) de revisión o reconsideración de resultado(s) de evaluación. En los casos de reclamo, SI HAY MERITO para ello, la Coordinación Académica asignará un segundo evaluador, en este caso un docente de la misma área; el segundo evaluador concertará con el profesor titular acerca de las competencias y características de la prueba del alumno. El resultado final se dará durante las siguientes 24 horas hábiles. La prueba será firmada por los docentes del caso.
·         Presentar certificación médica o excusa escrita con causa justificada  (duelo, enfermedad, calamidad domestica, etc.) a la Coordinación Académica por inasistencia a clase en fecha de evaluación. La excusa debe presentarse durante los 3 días hábiles posterior al hecho que impidió su asistencias a clases, para que sea tenida en cuenta para una eventual reprogramación de la(s) evaluación(es) y no afectar su proceso académico.  La excusa justificada y aceptada le dará la oportunidad de acordar con los docentes las fechas para la presentación de talleres, trabajos, pruebas  escritas y orales entre otros, pero no lo exime de sus obligaciones académicas. En caso de no cumplir con el procedimiento anterior, su valoración para cualquier actividad académica que haya dejado de realizar será dos (2.0)
·         Ser notificado (informado) por el Director de Grupo y/o Coordinador Académico acerca de las consecuencias que acarrea su bajo desempeño académico, para la promoción y continuidad para la institución.
·         Recibir por parte de los docentes, dentro del plazo estipulado, los resultados de las respectivas pruebas escritas, talleres, trabajos, consultas, solucionarios, informes de  laboratorios, entre otros; calificadas y con las observaciones a que haya lugar.
·         Cuando un estudiante no se presente a cualquier actividad evaluable sin justificación alguna, obtendrá dos (2.0) como valoración.
·         Los estudiantes que no culminen  la  totalidad del año lectivo en curso, por continúas inasistencias justificadas (calamidad familiar, enfermedad, siniestros u otro motivo que amerite la usencia del educando), la Comisión de Evaluación y Promoción definirá  su situación.

ARTICULO 17. GRADUACION.

En la Institución se realizara solamente la ceremonia de grado para los alumnos de undécimo y ciclo 6.  En los otros niveles y ciclos se realizará ceremonia de clausura.

  • El título de Bachiller se otorga a los alumnos de grado undécimo y ciclo 6, que hayan aprobado todos los niveles y ciclos incluidos en el plan de estudio. El diploma y el acta de grado que expida la institución solamente será firmado y sellado  por la rectora y secretaria. “La firma y la denominación del cargo serán información suficiente para la expedición del documento respectivo”, artículo 11º Decreto 2150 de 1995.
  • Todo educando que haya cursado la media académica (10º y 11º) de “Bachillerato Técnico”, se les otorga el título de Bachiller Técnico.  Este título será complementado con la modalidad o especialidad cursada.
  • Si el educando reprueba el área Técnica en cualquiera de los dos grados de la Media Técnica, no podrá recibir grado ni podrá otorgarse el título de Bachiller Técnico hasta tanto realice las actividades de superación(es) correspondientes y obtenga resultado con desempeño  básico.  No se le otorgará tampoco título de Bachiller Académico por no haber sido la modalidad que cursó.
  • No se recibirán alumnos para grado undécimo de Bachillerato Técnico que hayan cursado décimo bajo la modalidad de Bachillerato Académico.
  • Los estudiantes que ingresen para el grado décimo de Bachillerato Técnico, pueden matricularse en grado undécimo de bachillerato académico.
  • El alumno que culmine el grado once o ciclo 6, y tenga áreas pendientes por superar y no lo haga en los términos  establecidos por el colegio, su situación será definida por la comisión de evaluación y Promoción respectiva.
  • Para obtener el título de bachiller, además de los requisitos antes mencionados, todo educando debe estar a paz y salvo en todas las áreas del plan de estudios, prácticas empresariales (200 horas) y el servicio social obligatorio (80 horas); esto de conformidad con lo establecido en la Ley 115 y el Decreto 1860 de 1994, respectivamente.

PARAGRAFO I. La institución se reserva el derecho de admitir estudiantes de otras instituciones que pretendan ingresar al colegio con áreas o asignaturas con desempeño bajo, excepto educandos desplazados, reinsertados, desmovilizados, población vulnerable o de otra condición especial, siempre y cuando presenten la respectiva constancia de desempeño. Los casos especiales serán estudiados y resueltos por el Consejo Académico y la Rectoría.

PARAGRAFO II. La institución expedirá a cada uno de los estudiantes un certificado de paz y salvo de la biblioteca y  laboratorio u otra dependencia que preste servicio para la formación de los educandos. Si el estudiante no está a paz y salvo no podrá graduarse.

ARTICULO 18. Las propuestas de adición, reforma o enmienda podrán ser presentadas por cualquier miembro de la comunidad educativa al Consejo Académico.  Las adiciones, reformas o enmiendas después de ser aprobadas por los Consejos Académico y Directivo tendrán vigencia a partir del año escolar siguiente, salvo en los casos en que esas instancias consideren que ellas puedan contribuir a facilitar, mejorar o resolver situaciones evaluativas, institucionales o de los estudiantes de imperiosa y necesaria intervención.

ARTICULO 19. MECANISMOS DE PARTICIPACIÓN DE LA COMUNIDAD EDUCATIVA EN LA CONSTRUCCIÓN DEL SISTEMA INSTITUCIONAL DE EVALUACIÓN. 

El presente Sistema Institucional de Evaluación fue socializado previamente con todos los docentes, el Consejo de Estudiantes, representantes de los padres de familia mediante reuniones colectivas y mesas de trabajos. Se recibieron las sugerencias por el mismo medio, quedando organizado tal como se aprueba en este ACUERDO.

Previo a lo anterior se hizo conocer la propuesta a los miembros del Consejo Académico y del Consejo Directivo  en reuniones directas de socialización.

El Consejo Académico fue el órgano encargado de hacer el análisis de la propuesta, divulgarla y recibir las sugerencias de las instancias mencionadas anteriormente.

Por último, se efectuó una reunión entre el Consejo Directivo y el Consejo Académico de la Institución en la que estuvieron los representantes de las directivas, profesores, padres de familia, alumnos, ex alumnos y representante de los gremios económicos, para aprobar el Sistema que tendrá vigencia a partir  del 14 de enero del año 2011.

ARTICULO 20.  Vigencia.  El presente acuerdo rige a partir del 14 de enero del año 2011 y hace parte del PEI y el Manual de Convivencia.

PUBLIQUESE, COMUNIQUESE Y CUMPLASE
Dado en Santa Marta a los tres días del mes de Diciembre del año 2010



Firmados miembros del Consejo Directivo

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